LOS TRIBUNALES RECONOCEN A UN GUARDIA CIVIL EL TIEMPO SERVIDO EN EL SERVICIO FISCAL
En el año 2020 le fue denegado a un afiliado de UniónGC el reconocimiento del tiempo prestado en el servicio fiscal de la Guardia Civil para su anotación en la «hoja de servicios», en concreto desde mayo de 2015; dicho reconocimiento le hubiera garantizado poder solicitar con posterioridad vacantes del propio servicio fiscal. La denegación fue ratificada por varias instancias de la propia Guardia Civil, en concreto, por Resolución del general jefe de la Jefatura de Personal del Mando de Personal de la Dirección General de la Guardia Civil, de fecha 17/08/2020, posteriormente confirmada en alzada por Resolución del teniente general jefe del Mando de Personal, de fecha 18/12/2020.
En sentencia de fecha 28 de febrero de 2022, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, revoca las decisiones adoptadas por la Dirección General de la Guardia Civil, dando la razón a los servicios jurídicos de UniónGC dirigidos por la letrada Rosa María Hernández Ordinas y ordenando a la Guardia Civil que reconozca de oficio el tiempo prestado por nuestro afiliado en el servicio fiscal, condenando a la administración al pago de las costas judiciales.
Dicha resolución judicial, si bien no sienta jurisprudencia, si contiene un razonamiento muy interesante, que abre la puerta al reconocimiento de los servicios prestados por otros guardias civiles que se encuentren prestando servicios, en áreas, especialidades o unidades, diferentes a las de su destino, de forma no oficial.