Como #GuardiaCivil #UnionGC te ofrece protección jurídica mediante servicios jurídicos propios, y la atención permanente a través de nuestros representantes. Pincha el QR, rellena el formulario y accede a todos nuestros servicios de inmediato. #convenios #formación #web #app.
CARTA DE SERVICIOS ⇐
1.-DEFENSA JURIDICA
Incluye la DEFENSA JURIDICA del guardia civil, en el ámbito PROFESIONAL.
2.-SUBSIDIO POR SUSPENSIÓN TEMPORAL DE EMPLEO Y SUELDO
Pago de un subsidio compensatorio de la retribución neta dejada de percibir por suspensión temporal, provisional o firme, de empleo y sueldo impuesta por sentencia judicial o sanción administrativa, como consecuencia de hechos ajenos a la voluntad del asegurado y producidos en el ejercicio de las funciones propias de su servicio.
Garantiza la pérdida económica real con un límite individual por asegurado y siniestro de 180,30 € diarios y 18.030,36 € anuales, durante 365 días como máximo.
Igualmente, en caso de expulsión del Cuerpo, siempre y cuando no medie dolo, se establece un subsidio equivalente a la pérdida económica real del asegurado de SEIS MENSUALIDADES.
3.-ASISTENCIA INMEDIATA
Atención al afiliado mediante los más de 100 representantes que UniónGC tiene desplegados en el territorio nacional.
4.-DEFENSA DE RESPONSABILIDAD PENAL
UniónGC garantiza la defensa de responsabilidad penal del asegurado en el ejercicio de sus funciones como Guardia Civil.
Se excluyen los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo por parte de éste, según sentencia judicial firme.
5.-CONSTITUCIÓN DE FIANZAS PENALES
Hasta 3.000,00 euros para:
- Obtener su libertad
- Avalar su presentación al acto del juicio
Responder del pago de las costas judiciales, excluyendo indemnizaciones y multas
6.-RECLAMACIÓN DE DAÑOS CORPORALES
Reclamación a tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones por daños corporales y perjuicios patrimoniales de ellos derivados, causados por imprudencia o dolosamente, en el ámbito PROFESIONAL.
Comprende también la reclamación subsidiaria de daños corporales causados al asegurado como conductor de un vehículo terrestre con o sin motor, de forma subsidiaria, si no tiene otro seguro que lo cubra.
7.-RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR DENUNCIAS FALSAS
Causados a consecuencia de acción judicial, por denuncia, querella o demanda civil, interpuesta en su contra por un particular con motivo del ejercicio de sus funciones , siempre que haya sido desestimada íntegramente por sentencia firme, auto de libre sobreseimiento o archivo o cualquier otra resolución judicial que desestime o no admita la pretensión contra el asegurado.
8.-RECURSOS POR SANCIONES DISCIPLINARIAS
Incluyendo todos los posibles recursos en vía administrativa e incluso ante le jurisdicción CONTENCIOSO-DISCIPLINARIA hasta agotar dicha vía, previo informe de viabilidad por parte de la Secretaría Jurídica Estatal
9.-CONFECCIÓN Y RECLAMACIONES ADMINISTRATIVAS
Y reclamación y, en su caso, defensa ante la jurisdicción CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVA, en tanto afecten a su profesión como guardias civiles y sean de interés general, previo estudio de viabilidad por parte de la Secretaría Jurídica Estatal, o sin ser de interés general que cuenten con la autorización de UniónGC tras el estudio de viabilidad.
10.-ACCESO A OFERTAS que tengan los colectivos de UGT, UFP (Policía Nacional), SAP (Mozos de Escuadra) y FSP-UGT (Policías Locales), para todos los asociados.
11.-PAGO DE PÉRDIDA DEL COMPLEMENTO DE SEGURIDAD VIAL por detracción por aplicación del RAI.
12.-CURSOS GRATUITOS DE FORMACIÓN, acceso a cursos para afiliados.
13.- SEGURO DE BAJAS (opcional), con las mejores coberturas de un seguro de accidentes y enfermedades comunes, que incluye seguro de vida. Cuenta también con seguro en caso de tener que ser indemnizados por una persona que se considere insolvente.
14.DESCUENTO PARA AFILIADOS CON NUESTROS ABOGADOS EN LOS TEMAS QUE NO ENTRAN DENTRO DE ESTA COBERTURA
- TODA CONTINGNECIA DEBERÁ SER DECLARADA A LAS SECRETARIAS JURIDICAS O GENERALES, DE UNIONGC EN EL PLAZO MÁXIMO DE SIETE DÍAS DE HABERSE CONOCIDO PARA TENER DERECHO A LAS PRESTACIONES
- EN TODO LO NO RECOGIDO EN LA PRESENTE CARTA DE SERVICIOS, SE REMITIRÁ EXPRESAMENTE A LAS COBERTURAS Y LÍMITES CONTENIDAS EN EL CONVENIO DE AUTOGESTIÓN DE PROTECCIÓN JURÍDICA Y DE HABERES, BAREMO DEL CONVENIO Y CONTRATO DE ABOGADOS DE UNIÓNGC (CONSULTAR PREVIAMENTE CON EL REPRESENTANTE CORRESPONDIENTE).
- TODO AFILIADO QUE DESEE AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN DE LAS COBERTURAS CONTENIDAS EN EL CONVENIO DE AUTOGESTIÓN, DEBE CONSULTAR LAS MISMAS CON SUS CORRESPONDIENTES REPRESENTANTES.
- Las garantías se cubrirán por la autogestión, siempre de manera subsidiaria en ausencia de otros seguros con coberturas similares o iguales.